
El entorno de trabajo seguro y saludable es un principio fundamental del derecho del trabajo, presente en las normas internacionales y en la mayoría de los países, incluyendo Cuba. Su fin es garantizar al trabajador un ambiente de trabajo seguro y que posibilite el ejercicio de sus funciones, así como el respeto a su integridad física, psíquica, moral y dignidad.
La Declaración de Principios y Derechos Fundamentales de la Organización Internacional del Trabajo (OIT) establece que la salud es un estado de completo bienestar físico, mental y social, y no solamente la ausencia de afecciones o enfermedades. El artículo 2 del Código de Trabajo, Ley 116 vigente en el país, declara como principio “el derecho de los trabajadores a la seguridad y salud en el trabajo”.
El capítulo XI del Código de Trabajo está dedicado a la Seguridad y Salud en el Trabajo. En su artículo 127 se declara la obligación del empleador con el cumplimiento de estas regulaciones, adoptando las medidas necesarias para garantizar condiciones laborales seguras e higiénicas.
La identificación y evaluación de los riesgos son fundamentales para prevenir accidentes y enfermedades en el trabajo. Los riesgos psicosociales y organizativos pueden provocar accidentes y enfermedades y con ello la pérdida de días de trabajo. La importancia de lo que antes hemos señalado es evidente, especialmente para los sectores que se destacan por el trabajo intelectual.
Un factor de riesgo laboral es la posibilidad de que un trabajador sufra un determinado daño derivado del trabajo. Los factores de riesgo psicosociales en el trabajo pueden influir en la salud, los resultados y la satisfacción en el medio ambiente laboral. Entre ellos destacamos:
* Factores del entorno y del puesto de trabajo: carga de trabajo excesiva, jornadas largas y horarios irregulares o extensos de trabajo, mal diseño del entorno, falta de autonomía y control en la realización de tareas, ritmo de trabajo elevado y falta de claridad en las funciones.
* Factores organizativos: supervisión y estilos de dirección inadecuados, estructura organizativa deficiente y ausencia de trabajo en equipo, falta de apoyo social, clima y cultura organizativa sin el suficiente control, ausencia de cultura de prevención de riesgos y valoración inadecuada de puestos de trabajo.
* Carga total de trabajo: doble jornada, interacción de demandas familiares y laborales es, así como el descanso insuficiente.
La legislación actual a favor de un entorno seguro y saludable incluye la Constitución de la República, que contempla en sus artículos que los derechos humanos son irrenunciables, imprescriptibles, indivisibles y universales e incorpora un artículo específico sobre el derecho a la seguridad y salud en el trabajo.
En el Título X del Código Penal, Ley 151/2022, dedicado a los Delitos contra el Orden Económico Nacional, se encuentra el “Incumplimiento de normas de seguridad y salud en el trabajo”. El artículo 325 declara que será sancionado quien sea el responsable directo de la aplicación o ejecución de las medidas referentes a la seguridad y salud del trabajo.
En las modificaciones realizadas recientemente a la legislación de las formas de gestión no estatales (decretos leyes 88 y 90/2024) se regulan las obligaciones en las relaciones laborales entre el empleador y el trabaj