
La Convención de Naciones Unidas contra la delincuencia organizada transnacional, conocida como la Convención de Palermo, define la trata de personas de la siguiente manera:
… la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas, recurriendo a la amenaza o al uso de la fuerza u otras formas de coacción, al rapto, al fraude, al engaño, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad o a la concesión o recepción de pagos o beneficios para obtener el consentimiento de una persona que tenga autoridad sobre otra, con fines de explotación. Esa explotación incluirá, como mínimo, la explotación de la prostitución ajena u otras formas de explotación sexual, los trabajos o servicios forzados, la esclavitud o las prácticas análogas a la esclavitud, la servidumbre o la extracción de órganos.
La trata de personas se diferencia de otros tipos de tráfico ilegal de seres humanos por la ausencia de consentimiento. Los migrantes ilegales, por ejemplo, aceptan ser trasladados en condiciones humillantes o de riesgo hacia el exterior de su país de procedencia u origen, aunque también terminan en la mayoría de los casos siendo explotados.
Se entiende por explotación laboral la captación, el transporte, el traslado, la acogida o la recepción de personas recurriendo al engaño, al fraude, la amenaza, la coerción, al abuso de poder o de una situación de vulnerabilidad para someterlos a diferentes trabajos para los cuales no han expresado su consentimiento y que pueden atribuirse al llamado trabajo forzoso o esclavo.
La presencia de amenazas, violencia o engaños, son fuertes indicios de explotación laboral. Las víctimas sometidas a sus depredadores reciben bajos salarios por jornada extenuantes de trabajo con poco descanso, pero siempre quedan debiendo dinero por concepto de pago del pasaje, la alimentación, la ropa y el lugar de vivienda.
La trata, el trabajo forzoso, la servidumbre y la esclavitud son delitos con el mismo objetivo: en la explotación laboral, sin embargo, las víctimas no los denuncian por estar en situaciones de necesidad extrema, o ser menores de edad o ciudadanos extranjeros que carecen de permiso de trabajo.
La trata de personas atraviesa por las siguientes etapas: el reclutamiento, el traslado desde su lugar de origen, la explotación y los clientes o consumidores.
En Cuba se ha implementado un Plan de Acción Nacional para la Prevención y Enfrentamiento a la Trata de Personas en Cuba y la Protección a las Víctimas, con duración hasta el 2020. El gobierno cubano ha denunciado las mentiras y calumnias utilizadas por los agentes del gobierno de los Estados Unidos respecto a la colaboración médica cubana.
El Código Penal de Cuba tipifica el delito de trata de personas y sanciona a quien promueva, organice, incite o ejecute la captación, transportación, traslado, acogida o recepción de personas con fines de explotación laboral o sexual. La sanción de privación de libertad se agrava a treinta años o privación perpetua de libertad en caso de circunstancias agravantes.
El gobierno de los Estados Unidos